Art. 56
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 1.ª De la financiación de la Universidad de Zaragoza

Art. 56

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En vigor desde 25 jun 2005
1. Formarán parte de la financiación de la Universidad de Zaragoza partidas para la mejora e intensificación de la relación entre la Universidad y la sociedad. 2. En todo caso se incluirán dentro de ellas las cantidades necesarias para el funcionamiento del Consejo Social y de las actividades formativas extraordinarias. 3. Mediante contratos-programa podrán acordarse políticas adicionales que se incluirán en este tipo de financiación.
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eli/es-ar/l/2005/06/14/5#art-56