Libro LIBRO IV›Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición adicional segunda
En vigor desde 6 may 1998
La Generalidad mantiene las competencias plenas sobre las concesiones administrativas existentes en la zona costera mientras se mantengan los usos autorizados.
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Proeli/es-ct/l/1998/04/17/5#disposicion-adicional-segunda