Art. 9

En vigor desde 1 ene 2025
1. El impuesto se exigirá con arreglo a las siguientes tarifas: – Tarifa primera: Epígrafe 1.1 Gasolinas de bajo contenido en plomo, clasificadas en los códigos NC 2710.12.41, 2710.12.45 y 2710.12.49: 265 euros por 1.000 litros. Epígrafe 1.2 Restantes gasolinas clasificadas en el código NC 2710: 288 euros por 1.000 litros. – Tarifa segunda: Epígrafe 2.1 Gasóleos de uso general clasificados en los códigos NC 2710.19.31 a 2710.19.48 y 2710.20.11 a 2710.20.19: 222 euros por 1.000 litros. Epígrafe 2.2 Gasóleos para su utilización en los usos previstos en el régimen especial del gasóleo industrial, regulado en el artículo 9 bis de la presente ley, clasificados en los códigos NC 2710.19.31 a 2710.19.48 y 2710.20.11 a 2710.20.19: 90 euros por 1.000 litros. – Tarifa tercera: Fuelóleo clasificados en los códigos NC 2710.19.51 a 2710.19.67 y 2710.20.32 a 2710.20.38: 56 céntimos de euro por tonelada métrica. – Tarifa cuarta: Propanos y butanos clasificados en los códigos NC 2711.12 y 2711.13: 50 céntimos de euro por tonelada métrica. 2. Las referencias a la estructura de los códigos NC a que se refiere el apartado anterior y el artículo 3.3 de esta ley se entenderán, asimismo, realizadas a las actuaciones y variaciones sobre las mismas efectuadas por los órganos competentes. Téngase en cuenta que el Gobierno de Canarias, mediante Decreto, publicado únicamente en el BOC, y previo dictamen del Consejo Consultivo, podrá modificar los tipos impositivos aplicables por productos, hasta un máximo del 30 por 100 de incremento o disminución de la tarifa, en función de correlativos de disminución o incremento del precio del crudo del petróleo importado en las islas Canarias, según establece la disposición adicional 1 de esta Ley. Se modifica por la disposición final 13.4 de la Ley 5/2024, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-4913 Se modifica por la disposición final 8.2 de la Ley 7/2023, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-10011 Se modifica por la disposición final 2 de la Ley 7/2020, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2021-2396 Se modifica por el .2 de la Ley 9/2014, de 6 de noviembre. Ref. BOE-A-2014-11996 Se modifica por el art. 38.2 de la Ley 4/2012, de 25 de junio. Ref. BOE-A-2012-9282#a3-10 Se modifica el apartado 2 y se añade el 3 por el .2 y 3 de la Ley 6/2008, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-2512 Se modifica por el .1 de la Ley 2/2004, de 28 de mayo. Ref. BOE-A-2004-11375 Se modifica el apartado 1 por el art. 52 de la Ley 22/2003, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2004-2228 Se modifica el apartado 1 por el art. 50 de la Ley 13/2002, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2003-4501 Se modifica el apartado 1 por el art. 49 de la Ley 9/2001, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2002-4923 Téngase en cuenta, en relación con el tipo impositivo aplicable a la gasolina a la que se le han añadido aditivos destinada a sustituir a la gasolina con plomo fijada en 38.642 pesetas (232,24 euros) por mil litros, la disposición adicional 4 de la Ley 4/2001, de 6 de julio. Ref. BOE-A-2001-14279 Se modifica el apartado 1 por el art. 46 de la Ley 7/2000, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2001-1756 Se modifica el apartado 1 por el art. 41 de la Ley 14/1999, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2000-1076 Se modifica el apartado 1 por el art. 29 de la Ley 11/1998, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-1999-1471 Se modifica el apartado 1 por el art. 29 de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-1998-2498 Se modifica el apartado 1 por el art. 30 de la Ley 5/1996, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-1997-3810 Se modifica el apartado 1 por el art. 43 de la Ley 9/1995, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-1996-1503 Se modifica el apartado 1 por el art. 45 de la Ley 14/1994, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-1995-2525 Se modifica el apartado 1 por el art. 35 de la Ley 3/1993, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-1994-1665 Se modifica el apartado 1 por el art. 32 de la Ley 10/1992, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-1993-9146 Se modifica el apartado 1 por el art. 28 de la Ley 11/1991, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-1992-6355 Se modifica el apartado 1 por el art. 26 de la Ley 16/1990, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-1991-7557 Se modifica el apartado 1 por el art. 27 de la Ley 14/1989, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-1990-5571 Se modifica el apartado 1, con efectos de 1 de enero de 1989, por la disposición adicional 5 por la Ley 3/1989, de 24 de febrero. Ref. BOE-A-1989-9148 Se modifica el apartado 1 por la disposición adicional 5 de la Ley 13/1987, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-1988-5825 Se modifica el apartado 1 por la disposición adicional 6 de la Ley 12/1986, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-1987-3156

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eli/es-cn/l/1986/07/28/5#art-9

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