Secc. NORMAS RELATIVAS AL PRESUPUESTO DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Art. 50
En vigor desde 1 ene 1984
Para el ejercicio de 1984, el conjunto de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, en vigor en 31 de diciembre de 1983, experimentarán un incremento medio del 9 por 100.
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Proeli/es/l/1983/12/28/44#art-50