Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección V. Medidas de fomento para la REN
Art. 80
En vigor desde 19 abr 2015
1. El Programa Parques Naturales es el documento estratégico destinado a la puesta en marcha de un modelo de desarrollo socioeconómico en los espacios naturales protegidos de Castilla y León que sea compatible con su conservación.
2. El Programa Parques Naturales, que se aprueba por Acuerdo de la Junta de Castilla y León, tendrá un plazo de vigencia de 10 años. Se renovará transcurrido dicho plazo o cuando se hayan conseguido los fines en él propuestos.
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Proeli/es-cl/l/2015/03/24/4#art-80