Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición adicional novena
En vigor desde 13 abr 2007
En los procedimientos para la declaración de espacios naturales, así como en los de elaboración de Planes de Ordenación de Recursos Naturales y Planes Rectores de Uso y Gestión será preceptivo el informe de la Dirección General con competencias en materia de patrimonio cultural.
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Proeli/es-mc/l/2007/03/16/4#disposicion-adicional-novena