Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Otros órganos de dirección
Art. 7
En vigor desde 26 abr 2006
1. El Director Académico presidirá el Consejo Académico y como tal tendrá encomendada la coordinación superior en materia de investigación, de actividades culturales y de publicaciones del Instituto de Estudios Riojanos y presidirá el Consejo Académico. Corresponderá al Director Académico la representación ordinaria del IER en actos e instituciones académicas.
2. El procedimiento para su nombramiento y sus funciones se determinarán estatutariamente.
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Proeli/es-ri/l/2006/04/19/4#art-7