Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª El coordinador sobre drogas de las Illes Balears
Art. 47
En vigor desde 10 jul 2005
El coordinador sobre drogas de las Illes Balears tiene como objetivo fundamental el diseño y la elaboración del Plan de actuaciones sobre drogodependencias y su gestión, de acuerdo con las directrices establecidas en la presente ley.
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Proeli/es-ib/l/2005/04/29/4#art-47