Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 3.ª La Dirección
Art. 17
En vigor desde 2 ene 2005
Quien sea titular de la Dirección del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales estará sometido al régimen de incompatibilidades y de declaración de intereses, actividades y bienes establecido para los altos cargos de la Administración del Principado de Asturias.
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Proeli/es-as/l/2004/11/30/4#art-17