Título TÍTULO III
Art. 22
En vigor desde 17 jun 1994
Los titulares de los centros de archivo y de documentos constitutivos del Patrimonio Documental de La Rioja están obligados a su conservación, debidamente organizados, para servir a cualquiera de las administraciones públicas y a los ciudadanos.
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Proeli/es-ri/l/1994/05/24/4#art-22