Capítulo CAPÍTULO I

Art. 9

En vigor desde 26 nov 1991
Corresponde a la Dirección de Juego y Espectáculos determinar, homologar e inspeccionar los materiales, componentes, instrumentos o elementos de juego a autorizar en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
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eli/es-pv/l/1991/11/08/4#art-9

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