Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO II

Art. 8

En vigor desde 21 dic 1997
(Derogado) Se deroga por la disposición derogatoria de la Ley autonómica 3/1997, de 24 de noviembre. Ref. BOE-A-1998-38 .

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eli/es-as/l/1989/07/21/4#art-8

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