Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección Segunda. De la Comisión Regional
Art. 62
En vigor desde 10 sept 1989
El Secretario de la Comisión Regional del Banco de Tierras será designado por el Consejero de Agricultura y Pesca, previo proceso selectivo, de entre los empleados públicos del Principado de Asturias.
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Proeli/es-as/l/1989/07/21/4#art-62