Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª El suministro de información estadística
Art. 13
En vigor desde 19 jun 1986
Transcurrido el plazo concedido para el suministro de información, si ésta no se hubiera facilitado en los términos exigidos, se considerará incumplida la obligación sin necesidad de declaración o notificación expresa al respecto.
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Proeli/es-pv/l/1986/04/23/4#art-13