Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 8 nov 2010
El Gobierno de la Generalidad, con la colaboración de las otras administraciones públicas de Cataluña y el Consejo Nacional de la Juventud, elaborará un Mapa de instalaciones destinadas a actividades de ocio con niños y jóvenes de Cataluña a fin de orientar la actuación pública y privada en este campo. Se modifica por la disposición modificativa.2 de la Ley 33/2010, de 1 de octubre. Ref. BOE-A-2010-16137#dm .

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eli/es-ct/l/1991/12/30/38#disposicion-adicional-segunda

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