Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición transitoria segunda
DerogadoEn vigor desde 9 feb 1992
Las solicitudes de autorización de funcionamiento de instalaciones presentadas antes de la fecha de entrada en vigor de la presente Ley se tramitarán de acuerdo con la normativa citada en la Disposición Transitoria Primera.
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Proeli/es-ct/l/1991/12/30/38#disposicion-transitoria-segunda