Capítulo CAPÍTULO VII

Art. 23

En vigor desde 18 nov 2010
1. La Generalidad, el Conselh Generau d´Aran y los entes locales de Arán, en el ámbito de las competencias respectivas, deben adoptar las medidas pertinentes y proveer los medios para impulsar y garantizar el uso normal del aranés en todos los sectores y actividades de la vida social y económica en Arán. 2. La Generalidad, el Conselh Generau d´Aran y los entes locales de Arán deben adoptar las medidas necesarias para garantizar el derecho de las personas, especialmente cuando actúan en su condición de consumidoras y usuarias, de utilizar la lengua propia de Arán en las actividades económicas y sociales que se realizan en su ámbito lingüístico. También deben velar por poner al alcance de las personas consumidoras y usuarias, en esta lengua, las informaciones relativas a sus derechos. 3. Los poderes públicos deben adoptar medidas específicas para impulsar y promover el uso del aranés en la prestación de los servicios sociales de titularidad privada, como los hospitales, los hogares residencia para personas mayores, los albergues o los centros culturales y de tiempo libre de Arán. 4. Los poderes públicos deben fomentar la presencia del aranés en el paisaje lingüístico, especialmente en la rotulación de todo tipo de establecimientos y entidades sociales, culturales, mercantiles o de tiempo libre y su uso en la publicidad en la vía pública en Arán. 5. Las medidas de fomento del uso de la lengua propia de Arán en las actividades socioeconómicas comprometidas en Arán pueden incluir: a) Convenios y conciertos con empresas y entidades sociales, culturales o de tiempo libre. b) Subvenciones, ayudas y desgravaciones fiscales para los actos o las manifestaciones relacionados con el fomento y la difusión de la lengua. c) Premios a la calidad lingüística u otros tipos de reconocimientos e incentivos para las empresas, los establecimientos o las entidades privadas que utilicen la lengua propia de Arán en la prestación de sus servicios. d) Elaboración y difusión de materiales para promover la normalización lingüística en el territorio aranés de las actividades económicas y sociales, incluidas las relacionadas con el turismo. e) Cláusulas en las convocatorias de subvenciones y ayudas a empresas o entidades radicadas en Arán si la actividad o el producto objeto de la subvención tiene un componente lingüístico.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ct/l/2010/10/01/35#art-23

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil