Título TITULO VIIICapítulo CAPITULO II

Art. Disposición final sexta

En vigor desde 1 ene 1988
Se autoriza al Gobierno para que, mediante Real Decreto, proceda a la integración en el Régimen General de la Seguridad Social del personal interino al servicio de la Administración de Justicia.
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eli/es/l/1987/12/23/33#disposicion-final-sexta

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