Título TITULO VIIICapítulo CAPITULO II

Art. Disposición final segunda

En vigor desde 10 nov 1995
(Derogada) Se deroga por la disposición derogatoria única de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre. Ref. BOE-A-1995-24262#ddunica Se prorroga, para el año 1989 y en sus propios términos, por la disposición final 9 de la Ley 37/1988, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-1988-29563#df-9

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eli/es/l/1987/12/23/33#disposicion-final-segunda

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