Título TITULO VIIICapítulo CAPITULO II

Art. Disposición final primera

En vigor desde 1 ene 1988
Se prorroga durante la totalidad del ejercicio de 1988 la autorización al Gobierno contenida en la disposición final tercera de la Ley 21/1986, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1987, haciéndola extensiva a las modificaciones introducidas en esta Ley, así como la adaptación del nuevo texto refundido a la Constitución y a las Leyes promulgadas con posterioridad al 4 de enero de 1977.
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eli/es/l/1987/12/23/33#disposicion-final-primera

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