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Art. Disposición adicional segunda
En vigor desde 1 ene 1992
Los programas y actuaciones a los que les será de especial aplicación durante 1992 el sistema previsto en la Disposición Adicional Decimosexta de la Ley 37/1988 serán, cualquiera que sea el agente del sector público estatal que los ejecute o gestione, los siguientes:
Creación de infraestructura de carreteras.
Educación infantil y básica.
Enseñanzas medias.
Gestión e infraestructura de recursos hidráulicos.
Infraestructura del transporte ferroviario.
Investigación científica.
Investigación y desarrollo tecnológico.
Investigación técnica.
Mejora de la infraestructura agraria.
Seguridad vial.
Tribunales de Justicia.
Formación profesional ocupacional.
Atención primaria a la salud.
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Proeli/es/l/1991/12/30/31#disposicion-adicional-segunda