Título TÍTULO VIII

Art. Disposición adicional cuadragésima novena

En vigor desde 1 ago 2007
(Derogada) Se deroga, sin perjucio de su vigencia transitoria hasta el 31 de diciembre de 2007, por la disposición derogatoria única.b) de la Ley de 18/2007, de 4 de julio. Ref. BOE-A-2007-13025 .

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2005/12/29/30#disposicion-adicional-cuadragesima-novena

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil