Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 61
En vigor desde 1 ene 2026
1. El Consejo de Políticas de Juventud de Cantabria se crea como un órgano colegiado a efectos de articular la cooperación y la coordinación interinstitucional en políticas de juventud.
2. El Consejo de Políticas de Juventud de Cantabria dependerá de la Consejería competente en materia de juventud.
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Proeli/es-cb/l/2025/06/30/3#art-61