Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 56
En vigor desde 1 ene 2026
Entre otros, los fines del Consejo de la Juventud son:
a) Promover la participación política, social, económica y cultural de la juventud cántabra.
b) Difundir entre la juventud los valores de libertad, igualdad, justicia, sostenibilidad, paz y solidaridad.
c) Promover activamente la igualdad efectiva entre mujeres y hombres y la defensa de los derechos humanos.
d) Defender y representar los derechos e intereses de la juventud de Cantabria ante instituciones públicas y privadas.
e) Fomentar el asociacionismo juvenil, estimulando la creación de nuevas organizaciones juveniles y prestando apoyo a las existentes.
f) Conocer y fomentar la identidad, cultura y tradiciones cántabras entre la juventud.
g) Promover la cooperación juvenil interregional e internacional, dentro del ámbito de actuación propio del Consejo.
h) Aquellos otros relacionados con la juventud que se determinen reglamentariamente.
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Proeli/es-cb/l/2025/06/30/3#art-56