Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO I

Art. 56

En vigor desde 1 ene 2026
Entre otros, los fines del Consejo de la Juventud son: a) Promover la participación política, social, económica y cultural de la juventud cántabra. b) Difundir entre la juventud los valores de libertad, igualdad, justicia, sostenibilidad, paz y solidaridad. c) Promover activamente la igualdad efectiva entre mujeres y hombres y la defensa de los derechos humanos. d) Defender y representar los derechos e intereses de la juventud de Cantabria ante instituciones públicas y privadas. e) Fomentar el asociacionismo juvenil, estimulando la creación de nuevas organizaciones juveniles y prestando apoyo a las existentes. f) Conocer y fomentar la identidad, cultura y tradiciones cántabras entre la juventud. g) Promover la cooperación juvenil interregional e internacional, dentro del ámbito de actuación propio del Consejo. h) Aquellos otros relacionados con la juventud que se determinen reglamentariamente.
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eli/es-cb/l/2025/06/30/3#art-56

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