Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 5.ª Carnés de servicios a la juventud

Art. 52

En vigor desde 1 ene 2026
La Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria promoverá, en colaboración con las Entidades Locales, el acceso a determinados bienes y servicios de interés para la población joven residente en Cantabria mediante el uso de carnés juveniles de ámbito nacional e internacional.
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eli/es-cb/l/2025/06/30/3#art-52

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