Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 5.ª Carnés de servicios a la juventud

Art. 53

En vigor desde 1 ene 2026
Reglamentariamente se regulará el funcionamiento de los carnés destinados a la población joven de la Comunidad facilitando la utilización del formato digital del documento.
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eli/es-cb/l/2025/06/30/3#art-53

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