Capítulo CAPÍTULO II

Art. 11

En vigor desde 14 mar 2020
Los agentes de la cadena alimentaria deben adaptar sus actuaciones a la siguiente jerarquía de prioridades: a) Prevención de las pérdidas y el despilfarro alimentarios. b) Utilización para la alimentación humana. c) Utilización para la alimentación animal. d) Valorización material mediante la recuperación de elementos y sustancias contenidas en los residuos alimentarios para usos industriales. e) Valorización material mediante la obtención de compost de calidad. f) Valorización energética mediante la obtención de biogás. g) Otros tipos de valorización energética. h) Eliminación.
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eli/es-ct/l/2020/03/11/3#art-11

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