Art. Disposición adicional séptima

En vigor desde 16 jul 2016
Los profesionales que tienen la titulación de grado profesional de danza, regulado por el Decreto 24/2008, de 29 de enero, pueden inscribirse en el Registro Oficial de Profesionales del Deporte de Cataluña como monitores deportivos. Se declara el levantamiento de la suspensión la vigencia y aplicación de esta disposición, en la redacción dada por la Ley 7/2015, de 14 de mayo, por Auto de 5 de julio de 2016. Ref. BOE-A-2016-6841 . Téngase en cuenta que se declara la desestimación del recurso de inconstitucionalidad 854/2016, por Sentencia del TC 102/2017, de 20 de julio. Ref. BOE-A-2017-9661 Se suspende la vigencia y aplicación de esta disposición, en la redacción dada por la Ley 7/2015, de 14 de mayo, desde el 22 de febrero de 2016 para las partes en el proceso y desde el 8 de marzo de 2016 para los terceros, por providencia del TC de 1 de marzo de 2016, que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad 857/2016. Ref. BOE-A-2016-2341 . Se añade por el de la Ley 7/2015, de 14 de mayo. Ref. BOE-A-2015-6015 .

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eli/es-ct/l/2008/04/23/3#disposicion-adicional-septima

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