Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición adicional
En vigor desde 9 oct 2007
Cuando exista una situación de violencia doméstica o de género se estará a lo que determina la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
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Proeli/es-as/l/2007/03/23/3#disposicion-adicional