Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final primera bis
En vigor desde 9 oct 2007
Se autoriza al Consejo de Gobierno a actualizar por Decreto, y de acuerdo con la variación del índice de precios al consumo, la cuantía de las multas previstas en el artículo 31 de esta Ley.
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Proeli/es-as/l/2007/03/23/3#disposicion-final-primera-bis