Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 36
En vigor desde 23 abr 2003
Mediante los correspondientes procedimientos, la Sindicatura de Cuentas podrá proveer sus puestos de trabajo con personal funcionario del Principado de Asturias, de otras Administraciones Públicas y del Tribunal de Cuentas.
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Proeli/es-as/l/2003/03/24/3#art-36