Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 13

En vigor desde 23 abr 2002
Las plantillas de los centros establecerán las características de los puestos de trabajo, con indicación de los cuerpos concretos a que corresponde su provisión y los requisitos de titulación y especialización.
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eli/es-cl/l/2002/04/09/3#art-13

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