Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 24
En vigor desde 30 jul 2000
Los actos de gestión del canon de saneamiento dictados por los órganos competentes de la Entidad Regional, serán objeto de recurso potestativo de reposición o directamente de reclamación económico-administrativa ante el órgano competente de la Región de Murcia.
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Proeli/es-mc/l/2000/07/12/3#art-24