Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 2.ª De los tipos de alojamientos y de estancias

Art. 32

En vigor desde 19 jul 1996
Son centros de alojamiento o estancia singulares aquellos que, teniendo la misma finalidad, no estén incluidos en los anteriores tipos y que, por sus especiales características, merezcan esta calificación.
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eli/es-cn/l/1996/07/11/3#art-32

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