Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO I

Art. 53

En vigor desde 16 abr 1991
Las Entidades Locales de ámbito territorial inferior al Municipio podrán establecer el régimen de Concejo Abierto en los supuestos y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos anteriores.
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eli/es-cm/l/1991/03/14/3#art-53

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