Título TÍTULO V

Art. 37

En vigor desde 22 mar 1990
El Gobierno de Canarias y los Cabildos Insulares favorecerán la compra y cesión, dentro y fuera de Canarias, de fondos documentales relativos al Patrimonio Documental Canario para su integración en los archivos correspondientes.
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eli/es-cn/l/1990/02/22/3#art-37

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