Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición adicional cuarta
En vigor desde 1 ene 2003
Los bienes, derechos, obligaciones y los medios materiales que correspondan a los organismos, servicios y unidades que se integran en el Centro pasarán a ser titularidad de éste.
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Proeli/es-ar/l/2002/12/17/29#disposicion-adicional-cuarta