Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición transitoria quinta

En vigor desde 14 dic 1998
Los recursos interpuestos en materia de protección de los derechos fundamentales de la persona con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley continuarán sustanciándose por las normas que regían a la fecha de su iniciación.
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eli/es/l/1998/07/13/29#disposicion-transitoria-quinta

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