Libro LIBRO SEGUNDOTítulo TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO VII

Art. 237

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En vigor desde 1 ene 2011
Las disposiciones del presente capítulo se aplican subsidiariamente a los alimentos ordenados en testamento o codicilo, a los convenidos por pacto y a los alimentos legales que tienen regulación específica, en lo no establecido por los testamentos, codicilos y pactos o por la correspondiente regulación.
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eli/es-ct/l/2010/07/29/25#art-237-13

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