Capítulo CAPÍTULO V
Art. 18
En vigor desde 30 ene 2012
Constituyen infracciones leves:
a) La ausencia de constitución del depósito legal de una publicación objeto del mismo en los plazos y con el número de ejemplares que se requieren en esta ley.
b) La distribución de ejemplares de una publicación sujeta a depósito legal que carezca del número correspondiente o que no haya sido objeto de depósito.
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Tus anotaciones
Proeli/es/l/2011/07/29/23#art-18