Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 14
En vigor desde 1 ene 2002
Se modifica el apartado cuarto del artículo 88 ter de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre régimen específico de tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que pasa a tener la siguiente redacción:
«4.º Cuantía. La tasa se exigirá de acuerdo con las tarifas siguientes: Matrícula de curso completo: 610,00 euros. Matrícula por crédito en primera matrícula: 7,00 euros. Matrícula por crédito en segunda matrícula: 8,50 euros. Asignatura en primera matrícula (conservación): 76,00 euros. Asignatura en segunda matrícula (conservación): 95,00 euros. Matrícula por proyecto final de carrera: 89,00 euros. Servicios generales: 17,50 euros. Prueba de acceso: 45,50 euros. Apertura de expediente: 17,00 euros. Certificados académicos: 17,00 euros. Traslado de expediente: 17,00 euros.»
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/2001/12/21/20#art-14