Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 13
En vigor desde 1 ene 2002
Se modifica el apartado tercero del artículo 88 bis de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre régimen específico de tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que quedará redactado de la siguiente manera:
«3.º Cuantía. La tasa se exigirá de acuerdo con las tarifas siguientes: 1. Alumnos oficiales: Apertura de expediente: 17,00 euros. Matrícula por asignaturas 108,18 euros. Servicios generales 7,50 euros. 2. Alumnos de enseñanza libre: Apertura de expediente 17,00 euros. Derechos de examen del ciclo elemental: 60,10 euros. Derechos de examen del ciclo superior: 60,10 euros. Servicios generales: 7,50 euros.»
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Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/2001/12/21/20#art-13