Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 62
En vigor desde 24 mar 2010
La Generalidad ejecuta sus políticas de ordenación del sector pesquero mediante las siguientes medidas:
a) Capacitar y formar a los profesionales del sector y conocer su número y las circunstancias en que ejercen su actividad profesional.
b) Fomentar y promocionar las organizaciones representativas del sector.
c) Regular y controlar la flota y las infraestructuras pesqueras y fomentar su modernización.
d) Regular, controlar y fomentar los puntos de primera venta y la comercialización de los productos pesqueros.
e) Financiar e impulsar la investigación y la innovación para mejorar el sector.
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Proeli/es-ct/l/2010/02/18/2#art-62