Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 4.ª Derechos de naturaleza privada
Art. 62
En vigor desde 29 may 2006
La efectividad de los derechos económicos de la Hacienda de la Comunidad que no sean de derecho público se llevará a cabo con sujeción a las normas y procedimientos del derecho privado.
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Proeli/es-cl/l/2006/05/03/2#art-62