Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición transitoria

Derogado
En vigor desde 13 abr 2003
Productora de Programas del Principado de Asturias, S. A. El Consejo de Gobierno cederá al Ente Público de Comunicación del Principado de Asturias el ejercicio de los derechos políticos derivados de la titularidad de las acciones de la sociedad anónima Productora de Programas del Principado de Asturias, S. A.
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