Título TÍTULO II
Art. Disposición transitoria cuarta
En vigor desde 11 jun 1986
La Comisión gestora elaborará, para su aprobación posterior por la Asamblea general, el Reglamento Provisional de Régimen Interno del Consejo de la Juventud de La Rioja.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOR núm. 33, de 20 de marzo de 1986. Ref. BOR-l-1986-90251
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ri/l/1986/03/05/2#disposicion-transitoria-cuarta