Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición transitoria séptima

En vigor desde 3 dic 1998
Hasta tanto no se regule la superficie, distribución y equipamiento de los servicios de farmacia hospitalaria se aplicará lo establecido en la legislación vigente.
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eli/es-md/l/1998/11/25/19#disposicion-transitoria-septima

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