Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final primera

En vigor desde 3 dic 1998
Se autoriza al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid para dictar cuantas normas sean precisas para el desarrollo y aplicación de la presente Ley.
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eli/es-md/l/1998/11/25/19#disposicion-final-primera

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