Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 2.ª De los requisitos técnico-sanitarios de las oficinas de Farmacia

Art. 27

En vigor desde 3 dic 1998
Los Farmacéuticos regente, sustitutos y adjuntos deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Poseer el título de licenciado en Farmacia o el justificante del abono de las tasas correspondientes en la fecha del nombramiento. b) Estar colegiado en el Colegio Oficial de Farmacéuticos correspondiente.
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eli/es-md/l/1998/11/25/19#art-27

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