Capítulo CAPÍTULO I

Art. 3

En vigor desde 7 may 2003
1. Además del ejercicio obligatorio de las competencias de carácter público-administrativo que les atribuye la legislación básica del Estado y de las que les puedan encomendar o delegar las administraciones públicas canarias, tienen como finalidad la representación, promoción y defensa de los intereses generales del comercio, la industria, el turismo y la navegación, así como la prestación de servicios a las empresas que ejerzan las indicadas actividades, sin perjuicio de la libertad sindical y de asociación empresarial y de otras organizaciones sociales que legalmente se constituyan. 2. Corresponde a las Cámaras: a) Elaborar estadísticas del comercio, la industria, la navegación y el turismo, y realizar las encuestas de evaluación y estudios necesarios que permitan conocer la situación y necesidades de los diferentes sectores. b) Promover y cooperar en la organización de ferias y exposiciones. c) Promover, organizar y llevar a término actuaciones de promoción comercial de productos, bienes y servicios, y de dinamización comercial. d) Promover la difusión de la innovación y del diseño en las empresas, el desarrollo del sector servicios y todas aquellas actuaciones que ayuden a mejorar la competitividad de las empresas canarias. e) Realizar acciones de promoción comercial y turística para favorecer la internacionalización de las empresas canarias. Promover el fomento de la exportación, sin perjuicio de lo que establece la legislación básica del Estado, en lo que concierne a las actuaciones de interés general. f) Difundir e impartir formación no reglada referente a la empresa. g) Colaborar en los programas de formación permanente establecidos por las empresas, por los centros docentes públicos o privados y por las administraciones públicas competentes. h) Crear y administrar lonjas de contratación y bolsas de subcontratación. i) Colaborar con las administraciones educativas en la gestión de la formación práctica en centros de trabajo y empresas incluida en las enseñanzas de formación profesional reglada, en especial en la selección y la homologación de centros de trabajo y empresa y, si procede, en la designación de tutores de los alumnos y en el control del cumplimiento de la programación. j) Colaborar en la tramitación de los programas de ayudas públicas a las empresas de su ámbito competencial. k) Colaborar con la Administración competente participando en la realización de estudios, trabajos y acciones que se lleven a cabo sobre la ordenación del territorio, los transportes y las comunicaciones y la localización industrial, comercial y turística. l) Expedir certificados de origen y demás certificaciones relacionadas con el tráfico mercantil, nacional e internacional, en los supuestos previstos en la normativa vigente. m) Informar de los usos mercantiles de su ámbito territorial y emitir las certificaciones correspondientes. n) Proponer al Gobierno las medidas que considere necesarias para el fomento y la defensa de los intereses generales que las Cámaras representan. o) Asesorar e informar a las administraciones públicas canarias sobre normas o cuestiones que afecten a los intereses generales que las Cámaras representan, cuando así se les solicite. p) Llevar un censo público de todas las empresas, así como de sus establecimientos, delegaciones y agencias radicados en su demarcación. q) Prestar servicios de información y asesoramiento empresarial. r) Desempeñar funciones de arbitraje, mediación y conciliación mercantil, nacional e internacional, y utilizar cualquier otro sistema alternativo de solución de conflictos, de conformidad con la legislación vigente. s) Fomentar la investigación aplicada a la mejora y la competitividad de los productos industriales, al despliegue de sistemas de distribución innovadores y al desarrollo del sector de servicios. t) Aquellas otras que el ordenamiento jurídico les atribuya. 3. El Plan Cameral de internacionalización de las empresas canarias comprende las acciones a que se refiere la letra e) del apartado anterior, en la medida en que no sean las acciones de interés general en el fomento de la exportación que establece la Ley 3/1993, de 22 de marzo. 4. El Plan Cameral de desarrollo empresarial comprende las funciones atribuidas a las Cámaras por las letras c), g), i), k), q), r) y s).
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eli/es-cn/l/2003/04/11/18#art-3

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